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Exjueces de Inmigración
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Asilados y Refugiados que Ajustan a la Green Card: USCIS Endurece los Criterios de Entrevista y Verificación

Por Carlos Maury · ·3 min de lectura
Asilados y Refugiados que Ajustan a la Green Card: USCIS Endurece los Criterios de Entrevista y Verificación

El 1 de agosto de 2025, USCIS actualizó su Manual de Políticas para aclarar los criterios de entrevista para asilados y refugiados —y sus familiares derivados— que presentan el Formulario I-485 para convertirse en residentes permanentes legales. En resumen: más de estos casos de green card ahora pueden ser referidos a entrevista, con una base uniforme de investigación y verificación.

Esta es información general sobre la guía vigente, no asesoría legal. Confirme los detalles en uscis.gov.

Contexto: cómo obtienen la green card los asilados y refugiados

Las personas a quienes se les concede asilo o que son admitidas como refugiados generalmente pueden solicitar el ajuste de estatus a la residencia permanente legal —normalmente después de un año— usando el Formulario I-485 bajo la INA § 209. (Para el proceso más amplio, vea nuestra guía del Formulario I-485, Ajuste de Estatus.)

Qué cambió

USCIS dijo que está restableciendo una base uniforme de estándares de investigación y verificación para las entrevistas de asilados y refugiados que ajustan su estatus, "con efecto inmediato". La agencia lo presentó como una mejora a la integridad del programa —para detectar mejor el fraude, la tergiversación y las preocupaciones de seguridad nacional o seguridad pública— y lo alineó con la Orden Ejecutiva 14161. En la práctica, la actualización aclara los criterios que USCIS usa para referir a entrevista un caso I-485 de asilado o refugiado.

Qué significa — y cómo prepararse

Por qué importa

Para las personas que huyeron del peligro y por fin llegaron a la etapa de la green card, una entrevista inesperada —o una inconsistencia con un expediente de asilo de años atrás— puede ser estresante y arriesgada. Prepararse con cuidado, y asegurarse de que todo coincida con su expediente previo, es la mejor manera de mantener su ajuste en buen camino.

Cómo podemos ayudar

Si usted es asilado o refugiado (o un familiar derivado) preparándose para ajustar su estatus, podemos ayudarle a armar un I-485 coherente y bien documentado y a prepararse para la entrevista. Como bufete dirigido por un exjuez de inmigración de EE. UU. —que entiende cómo se examinan estos casos— guiamos a las personas en el ajuste de asilados y refugiados. Si está listo para solicitar, contáctenos.

Preguntas frecuentes

¿Los asilados y refugiados tienen que entrevistarse ahora para la green card?

USCIS aclaró los criterios para referir los casos I-485 de asilados y refugiados a una entrevista, y restableció una base uniforme de verificación. Más casos pueden ser entrevistados — prepárese como si una entrevista fuera probable.

¿Cuándo puede un asilado o refugiado solicitar la green card?

Generalmente después de un año en estatus de asilado o refugiado, presentando el Formulario I-485 bajo la INA § 209, si es elegible por lo demás.

¿Cuál es el mayor riesgo en la entrevista?

Las inconsistencias entre su I-485 y su expediente original de asilo o refugio. Asegúrese de que todo sea exacto y coherente, y aborde cualquier asunto de admisibilidad con anticipación.

Este artículo es información legal general sobre la guía vigente, no asesoría legal, y no crea una relación abogado–cliente. Las políticas cambian y cada caso depende de los hechos; confirme los requisitos vigentes en uscis.gov y consulte a un abogado calificado sobre su situación específica.