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Exjueces de Inmigración
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Las Estadías Vencidas Están Bajo Mayor Escrutinio: Revise su I-94 y Proteja su Estatus

Por Carlos Maury · ·4 min de lectura
Las Estadías Vencidas Están Bajo Mayor Escrutinio: Revise su I-94 y Proteja su Estatus

El 4 de junio de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional anunció que CBP, ICE y USCIS reforzarían su revisión de los registros de inmigración para identificar y actuar sobre las estadías vencidas (overstays). Para cualquier persona en EE. UU. con un estatus temporal (no inmigrante), este es un buen momento para hacer algo sencillo: saber exactamente cuánto tiempo está autorizado a permanecer — y proteger ese estatus.

Esta es información general sobre las prioridades de cumplimiento vigentes, no asesoría legal. Puede leer el anuncio en uscis.gov.

Primero: conozca su estadía autorizada (su I-94)

Un malentendido común y peligroso es confundir su visa con su período de estadía. Son cosas distintas:

Su registro de admisión I-94 muestra su fecha "admitido hasta" (admit until) — la fecha en que termina su estadía autorizada. Puede consultarlo gratis en el sitio web del I-94 de CBP. Quedarse más allá de esa fecha —aunque su visa siga vigente— es un overstay.

Qué puede costarle un overstay

Quedarse más tiempo del permitido no es un tecnicismo menor. Según la situación, puede llevar a:

Qué hacer

Por qué importa

Con las agencias revisando activamente los registros, un overstay que esperaba que pasara desapercibido tiene muchas más probabilidades de salir a la luz — en una renovación, un cruce fronterizo o una solicitud futura. Entender sus fechas y actuar temprano es la protección más sencilla y eficaz que tiene.

Cómo podemos ayudar

Si no está seguro de cuándo termina su estadía autorizada, necesita extender o cambiar su estatus, o ya se quedó más tiempo del permitido y quiere entender sus opciones, hable con nosotros antes de dar cualquier paso. Como bufete dirigido por un exjuez de inmigración de EE. UU., ayudamos a las personas a proteger su estatus y a sopesar las consecuencias reales de cada opción. Si su estatus está en duda, contáctenos.

Preguntas frecuentes

Mi visa todavía es válida — ¿puedo quedarme tanto como ella indique?

No. Su visa controla la entrada; su Formulario I-94 controla cuánto tiempo puede quedarse. Si pasa la fecha "admitido hasta" de su I-94, ha hecho un overstay, aunque la visa no haya vencido.

¿Dónde encuentro mi estadía autorizada?

En su registro de admisión Formulario I-94, disponible gratis en el sitio web del I-94 de CBP. Busque la fecha "admitido hasta".

¿Qué pasa si me quedo más tiempo del permitido?

Puede causar presencia ilegal (con posibles castigos de 3 o 10 años para reingresar tras salir), anular su visa, complicar solicitudes futuras y exponerle a la deportación. Las consecuencias varían — obtenga asesoría individualizada.

Ya me quedé más tiempo — ¿debo simplemente salir?

No sin asesoría. Para algunos, salir activa un castigo; para otros, puede haber maneras de abordarlo. El paso correcto depende de su situación específica.

Este artículo es información legal general sobre las prioridades de cumplimiento vigentes, no asesoría legal, y no crea una relación abogado–cliente. Las consecuencias migratorias dependen mucho de los hechos; confirme su estatus y opciones con un abogado calificado antes de tomar cualquier medida, y verifique su I-94 en el sitio web oficial de CBP.