Una Corte Pausa Ciertas Políticas de USCIS sobre Permisos de Trabajo de TPS y la Tarifa de Asilo

Una corte federal ha pausado parte de cómo USCIS está aplicando la H.R. 1 — la Ley de Reconciliación de 2025, conocida como la One Big Beautiful Bill Act — a las personas con Estatus de Protección Temporal (TPS) y con solicitudes de asilo pendientes. En una alerta con fecha del 23 de julio de 2026, USCIS dijo que cumplirá con una orden del 21 de julio de 2026 del Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Massachusetts que concedió, en parte, una moción de emergencia para una suspensión administrativa de ciertas políticas de USCIS. Este artículo explica, en lenguaje sencillo, qué pausó la corte y qué no pausó — con base directamente en la alerta de USCIS.
Esta es información general sobre una orden judicial y un anuncio de USCIS, no asesoría legal. Puede leer la alerta oficial directamente en uscis.gov.
Qué ocurrió
Según USCIS, el 21 de julio de 2026, el Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Massachusetts emitió una orden en el caso Venezuelan Association of Massachusetts, et al. v. United States Citizenship and Immigration Services, et al., No. 26-cv-13038-NMG (D. Mass.). La corte concedió, en parte, la moción de emergencia de los demandantes para una suspensión administrativa de ciertas políticas de USCIS basadas en la H.R. 1, la Ley de Reconciliación de 2025 (la "One Big Beautiful Bill Act"). Los demandantes son organizaciones que representan a personas que tienen TPS y a solicitantes de asilo con casos pendientes.
USCIS dice que cumplirá con la orden de la corte mientras continúan los procedimientos judiciales.
Qué pausó la corte
Según la alerta, la orden suspende las siguientes partes del Aviso del Registro Federal de julio de 2025, la actualización del sitio web de marzo de 2026 y la Regla Interina Final de abril de 2026:
- Fechas de vencimiento de los permisos de trabajo de TPS. Se pausa la aplicación de la H.R. 1 a las fechas de vencimiento de los documentos de autorización de empleo (EAD) basados en TPS — lo que significa que cualquier EAD basado en TPS que haya sido extendido previamente mantiene su fecha de vencimiento anterior.
- Rechazo de asilo por la tarifa anual. Se pausa el rechazo de solicitudes de asilo por no pagar la tarifa anual de asilo (AAF).
- Terminación de la autorización de empleo por la tarifa. Se pausa la terminación de la autorización de empleo como resultado de no pagar la AAF.
- Deportación basada solo en la tarifa. Se pausa el inicio de procedimientos de deportación basados únicamente en que un extranjero no pagó la AAF.
Qué NO pausó la corte — usted todavía debe pagar la tarifa de asilo si le llega la factura
USCIS es explícito en un punto importante: la orden de la corte expresamente permite que USCIS siga cobrando la tarifa anual de asilo. Por lo tanto, cualquier persona a quien USCIS le envió o le envíe un aviso sobre la AAF debe pagar la tarifa según las instrucciones de ese aviso.
USCIS también indica que todas las demás tarifas y requisitos de la H.R. 1 siguen en vigor. La suspensión se limita a los puntos específicos anteriores — no es una detención amplia de la ley.
Por qué esto le importa
Si usted tiene TPS y su permiso de trabajo fue extendido previamente, esta orden significa que ese EAD extendido mantiene su fecha de vencimiento anterior por ahora, en lugar de acortarse bajo la H.R. 1. Si usted tiene un caso de asilo pendiente, significa — por ahora — que su solicitud no debe ser rechazada, su autorización de empleo no debe ser terminada, y no debe iniciarse la deportación en su contra únicamente por la tarifa anual de asilo. Pero la tarifa en sí todavía se debe si USCIS le factura, y todo lo demás de la H.R. 1 sigue aplicando. Como se trata de una suspensión administrativa emitida mientras el caso continúa, la situación puede cambiar a medida que avance el litigio — USCIS dice que proporcionará instrucciones actualizadas a medida que ocurran novedades.
Hable con un abogado sobre su caso de TPS o asilo
Las órdenes judiciales como esta son parciales, sensibles al tiempo y pueden cambiar a medida que avanza un caso — y los detalles de su propio estatus (un EAD de TPS extendido previamente, una solicitud de asilo pendiente, un aviso de AAF que recibió) determinan exactamente cómo le afecta. No pagar una tarifa que sí debe, o malinterpretar lo que la suspensión cubre y no cubre, puede tener consecuencias serias. Carlos Maury Law es un bufete nacional de exjueces de inmigración de los Estados Unidos. Para hablar sobre su situación, llame al (213) 769-0050. Hablamos Español.
Preguntas Frecuentes
¿Esta orden cancela la H.R. 1 (la One Big Beautiful Bill Act)?
No. Según USCIS, la corte concedió la suspensión en parte y pausó solo puntos específicos: aplicar la H.R. 1 a las fechas de vencimiento de los EAD basados en TPS, y rechazar solicitudes de asilo, terminar la autorización de empleo o iniciar la deportación basándose únicamente en la tarifa anual de asilo no pagada. USCIS dice que todas las demás tarifas y requisitos de la H.R. 1 siguen en vigor.
Tengo TPS y mi permiso de trabajo fue extendido — ¿todavía vence antes?
Según la alerta, no — la suspensión significa que cualquier EAD basado en TPS que haya sido extendido previamente mantiene su fecha de vencimiento anterior, en lugar de acortarse bajo la H.R. 1, mientras continúan los procedimientos.
¿Todavía tengo que pagar la tarifa anual de asilo?
Sí, si USCIS le factura. USCIS dice que la orden de la corte expresamente le permite seguir cobrando la tarifa anual de asilo, así que cualquier persona que recibió (o reciba) un aviso de AAF debe pagarla según las instrucciones de ese aviso. Lo que la corte pausó es que USCIS rechace su solicitud, termine su permiso de trabajo o inicie la deportación únicamente porque no se pagó la tarifa.
¿Es esto permanente?
No. USCIS lo describe como una suspensión administrativa mientras continúan los procedimientos judiciales y dice que proporcionará instrucciones actualizadas a medida que ocurran novedades en el litigio. La situación puede cambiar a medida que avanza el caso.
Este artículo es solo información general y no constituye asesoría legal. Leerlo no crea una relación abogado-cliente. La ley de inmigración es compleja y depende de los hechos de cada caso, y las órdenes judiciales y las políticas cambian; consulte a un abogado de inmigración calificado sobre su situación y verifique los requisitos actuales en uscis.gov. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Publicidad de abogados.