Discreción procesal en la corte de inmigración: qué es y en qué situación está hoy

La discreción procesal es el poder del gobierno para decidir si sigue adelante con un caso de deportación, y hasta dónde. En la corte de inmigración, ese poder pertenece al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y a sus abogados, no al juez. Puede significar que un caso se desestime, se pause o ni siquiera se presente. Pero es una decisión que depende enteramente del gobierno. Nadie puede exigirla y ningún abogado puede prometerla.
Esta guía explica qué es la discreción procesal, quién la ejerce, qué formas toma en la corte de inmigración y en qué situación está la política oficial al 6 de octubre de 2026. El panorama cambió de forma marcada en 2025, y buena parte de lo que se escribió sobre este tema entre 2021 y 2024 ya no describe cómo dice operar el gobierno. Esta es información general, no asesoría legal.
Quién ejerce la discreción procesal
En los procesos de expulsión, el DHS es la parte que presenta el caso. Sus abogados litigantes trabajan para la Oficina del Asesor Jurídico Principal (OPLA) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Según ICE (se abre en una pestaña nueva), la OPLA es por ley el representante exclusivo del DHS en los procesos de expulsión ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), la agencia que administra las cortes de inmigración.
La propia dirección de la EOIR ha trazado una línea clara. En el Memorando de Política 25-09 (se abre en una pestaña nueva) (29 de enero de 2025), la directora interina de la EOIR escribió que es el DHS, y no la EOIR, quien ejerce las funciones de fiscalía, y que el DHS es la única agencia a la que le corresponde decidir si un caso amerita discreción procesal. El mismo memorando cita una decisión de 1980 de la Junta de Apelaciones de Inmigración, Matter of Ramirez-Sanchez, para la regla de que iniciar un proceso es una decisión de la fiscalía que los jueces no revisan.
Las formas que puede tomar
La discreción procesal no es un solo programa. Aparece de varias maneras, cada una ligada a una norma específica.
No presentar, o cancelar, una Notificación de Comparecencia
Un caso comienza cuando el DHS presenta ante la corte una Notificación de Comparecencia. Antes de que la corte tenga jurisdicción, un funcionario autorizado puede cancelarla por los motivos que enumera el 8 CFR 239.2(a) (se abre en una pestaña nueva). Entre ellos, que la notificación se emitió de forma improcedente, o que las circunstancias cambiaron tanto que continuar ya no conviene a los intereses del gobierno.
Una moción del DHS para desestimar
Una vez que el caso está en la corte, los abogados del DHS pueden pedir que se desestime por esos mismos motivos. Según el 8 CFR 1239.2(c) (se abre en una pestaña nueva), la desestimación es sin perjuicio para ambas partes. Es decir, en principio el DHS puede iniciar un caso nuevo más adelante. Una moción para desestimar por cualquier otro motivo se trata como una moción para terminar.
Unirse o no oponerse a una moción para terminar
La terminación pone fin al caso. Según el 8 CFR 1003.18(d) (se abre en una pestaña nueva), cuando ambas partes presentan juntas una moción para terminar, o una la presenta y la otra indica expresamente que no se opone, el juez debe concederla, salvo que exponga razones inusuales, claramente identificadas y fundamentadas para negarla. La misma norma dice que el juez no puede terminar un caso por razones puramente humanitarias, a menos que el DHS lo consienta, se una a la moción o indique expresamente que no se opone. Por eso, la postura del DHS puede decidir si esa puerta está abierta o no.
Cierre administrativo
El cierre administrativo es, según la norma, "la suspensión temporal de un caso". Saca el caso del calendario activo de la corte hasta que una de las partes pide reactivarlo. Según el 8 CFR 1003.18(c), una moción conjunta o sin oposición para cerrar el caso debe concederse, salvo que el juez exponga el mismo tipo de razones inusuales y fundamentadas. El juez también puede cerrar un caso aunque una parte se oponga, después de evaluar los factores que enumera la norma. La Junta de Apelaciones de Inmigración tiene una facultad paralela en el 8 CFR 1003.1(l) (se abre en una pestaña nueva), y facultad para terminar casos en el 8 CFR 1003.1(m).
Otros acuerdos
Durante un caso, los abogados del DHS también pueden ponerse de acuerdo con la otra parte en puntos más limitados, como cuáles asuntos están en disputa. Al igual que todo lo anterior, es una decisión que el gobierno toma caso por caso.
En qué situación está la política en octubre de 2026
Las prioridades de control migratorio de 2021 ya no existen. El 20 de enero de 2025, el presidente firmó la Orden Ejecutiva 14159 (se abre en una pestaña nueva), "Protecting the American People Against Invasion" (90 FR 8443). La sección 3 revocó la Orden Ejecutiva 13993, la orden de 2021 sobre prioridades de control migratorio civil, y ordenó a las agencias revocar sin demora los memorandos y guías basados en ella. La sección 2 establece la política de aplicar fielmente las leyes de inmigración contra todos los extranjeros inadmisibles y deportables. El anuncio del DHS de 2021 sobre las pautas de Mayorkas está ahora en el archivo del DHS (se abre en una pestaña nueva), que según el propio DHS puede no reflejar la política actual.
La guía de la OPLA de 2022 se basaba en esas prioridades. El memorando de la OPLA del 3 de abril de 2022 a sus abogados (conocido a menudo como el memorando Doyle) dice en su primera página (se abre en una pestaña nueva) que se emitió para aplicar las pautas de Mayorkas. En el PM 25-09, la EOIR afirmó que la orden ejecutiva en que se basaba su propia política de 2021 había sido revocada y que el DHS canceló los memorandos que le servían de fundamento.
La EOIR ya no le pregunta al DHS sobre la discreción. El PM 25-09 canceló el Memorando de Política 21-25 de la EOIR, de 2021, que animaba a los jueces y a la Junta a preguntarle al DHS si ejercería su discreción. Ahora la EOIR deja eso por completo en manos del DHS.
Cierre administrativo: memorando cancelado, norma vigente. En el Memorando de Política 25-29 (se abre en una pestaña nueva) (18 de abril de 2025), la EOIR canceló el Memorando del Director 22-03 sobre cierre administrativo y criticó duramente esa práctica. Pero el mismo memorando dice que la norma de 2024 que incorporó a los reglamentos los criterios de cierre y terminación, Efficient Case and Docket Management in Immigration Proceedings (se abre en una pestaña nueva) (89 FR 46742), sigue siendo obligatoria para los jueces hasta que sea rescindida, reemplazada, suspendida por un tribunal, anulada o declarada ilegal. Al momento de escribir esto, el texto vigente del 8 CFR 1003.18 en el eCFR mantiene esos criterios. Una norma de febrero de 2026 (se abre en una pestaña nueva) sobre apelaciones ante la Junta solo cambió la terminología de esa sección.
El resultado práctico: las herramientas legales para desestimar, terminar y cerrar casos siguen existiendo, pero si el DHS acepta usarlas depende del DHS, y la orientación oficial desde enero de 2025 favorece el control migratorio.
Qué significa esto si usted tiene un caso en la corte
- No cuente con ella. La discreción procesal es algo que el gobierno puede conceder, no un derecho. Una solicitud puede ser ignorada o rechazada sin explicación.
- Prepare su defensa de todos modos. Cualquier solicitud de discreción debe ir junto con una defensa completa, como las solicitudes de alivio, por ejemplo la cancelación de expulsión. Perder un plazo mientras espera una respuesta del DHS puede salir caro.
- Sepa qué significa cada resultado. La desestimación es sin perjuicio. Un caso cerrado administrativamente puede volver al calendario. Ninguno de los dos, por sí solo, otorga un estatus legal.
- Revise la fecha de lo que lee. Las guías de 2021 a 2024 a menudo describen políticas que ya fueron revocadas.
Carlos Maury Law es un bufete nacional dirigido por un exjuez de inmigración de EE. UU. Carlos Maury ya no ocupa el cargo de juez, y la firma no tiene ninguna influencia sobre ningún juez, abogado de ICE ni caso pendiente. Lo que ofrecemos es un análisis cuidadoso de sus opciones según las normas vigentes.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la discreción procesal en la corte de inmigración?
Es el poder del gobierno para decidir si sigue adelante con un caso de expulsión y cómo. En la corte de inmigración le pertenece al DHS, cuyos abogados de la OPLA de ICE pueden aceptar desestimar, terminar o cerrar administrativamente un caso, o pueden negarse. No se puede exigir.
¿Puede un juez de inmigración ordenarle a ICE que ejerza la discreción procesal?
No. El Memorando de Política 25-09 de la EOIR dice que es el DHS, y no la EOIR, quien ejerce las funciones de fiscalía. El juez decide las mociones según los reglamentos, pero no puede obligar al DHS a desestimar un caso ni a dar su conformidad.
¿Sigue disponible el cierre administrativo en 2026?
La norma sigue vigente. Según el 8 CFR 1003.18(c), tal como aparece en el eCFR, los jueces pueden cerrar casos administrativamente a pedido de una parte, y deben conceder las mociones conjuntas o sin oposición salvo razones inusuales y fundamentadas. La EOIR canceló en abril de 2025 su memorando de 2021 sobre el cierre.
¿Siguen vigentes las prioridades de control migratorio de Mayorkas de 2021?
No. La Orden Ejecutiva 14159 del 20 de enero de 2025 revocó la orden de 2021 en que se basaban y ordenó a las agencias revocar las guías relacionadas. El anuncio del DHS de 2021 está ahora en su archivo.
Hable con un abogado sobre su caso
Si alguna forma de discreción procesal es realista en su caso depende de sus antecedentes, de los cargos y del alivio para el que pueda calificar. Para hablar sobre su situación, llame al (213) 769-0050. Hablamos Español.
Este artículo es solo información general y no constituye asesoría legal. Leerlo no crea una relación abogado-cliente. La ley de inmigración es compleja y depende de los hechos de cada caso; consulte a un abogado de inmigración calificado sobre su situación. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Publicidad de abogados.
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