Lista para imprimir · Naturalización
Lista de documentos para la ciudadanía (N-400)
Una lista para imprimir de los documentos que piden las instrucciones oficiales del Formulario N-400: lo que envía todo solicitante, lo que se agrega en la vía de matrimonio o militar, arrestos, impuestos, manutención, Servicio Selectivo, viajes al extranjero y excepciones por discapacidad, y qué llevar a la entrevista.
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Esta es una lista para imprimir. Para imprimirla, use el comando Imprimir de su navegador (Ctrl+P, o Comando+P en una Mac). Marque cada casilla a medida que reúna el documento. Enumera lo que piden la página oficial del Formulario N-400 y las instrucciones del Formulario N-400 (en inglés); la mayoría de los solicitantes solo necesita la primera sección y las secciones que correspondan a su propia historia.
Todos los solicitantes
- Una copia de su Tarjeta de Residente Permanente (green card), por ambos lados — lista de evidencia de la página del Formulario N-400 de USCIS.
- El Formulario N-400 completo y firmado, con todas sus páginas — instrucciones del N-400, "How To Complete Form N-400": incluya todas las páginas, aunque estén en blanco; no se acepta un nombre sellado o escrito a máquina como firma.
- Documentos de cualquier cambio legal de nombre (acta de matrimonio, sentencia de divorcio u orden judicial) — instrucciones del N-400, "Required Evidence - Name Change", si su nombre cambió.
- Su acta de matrimonio actual y prueba de que terminó cada matrimonio anterior (sentencia de divorcio, de anulación o acta de defunción) — lista de evidencia de la página del N-400, estado civil, si está o estuvo casado.
- Formulario G-28, Notificación de comparecencia como abogado o representante acreditado — solo si un abogado o representante acreditado lo representa; el DHS exige el formulario de comparecencia según el 8 CFR 292.4(a).
- Dos fotos idénticas a color, tipo pasaporte — solo si solicita desde fuera de los Estados Unidos (por ejemplo, como militar, cónyuge de militar o cónyuge de un ciudadano que trabaja en el extranjero para un empleador calificado); instrucciones del N-400, "Photograph Requirements for Applicants Residing Outside the United States". Escriba suavemente su nombre y su número A al reverso, a lápiz o con marcador de fieltro.
Si solicita como cónyuge de un ciudadano estadounidense (la vía de 3 años)
Según las instrucciones del N-400, "Required Evidence - Eligibility Based on Marriage to a U.S. Citizen". Envíe copias.
- Prueba de que su cónyuge ha sido ciudadano estadounidense por al menos 3 años — uno de estos: el acta de nacimiento estadounidense de su cónyuge, su Certificado de Naturalización, su Certificado de Ciudadanía, su Formulario FS-240 (Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero) o la página biográfica de su pasaporte estadounidense.
- Su acta de matrimonio actual y cualquier sentencia de divorcio, de anulación o acta de defunción que ponga fin a los matrimonios anteriores suyos y de su cónyuge.
- Prueba de que han vivido en unión matrimonial por al menos 3 años — por ejemplo, estados de cuenta bancarios o de tarjeta de crédito conjuntos, contratos de arrendamiento o hipotecas, actas de nacimiento o de adopción de hijos nacidos o adoptados durante el matrimonio, pólizas de seguro y transcripciones de impuestos del IRS de usted y su cónyuge de los últimos 3 años.
- Si su cónyuge trabaja en el extranjero para un empleador calificado (INA 319(b)) — prueba de que su cónyuge es ciudadano, los documentos de su matrimonio y evidencia del empleo calificado, de que durará al menos 1 año, de cualquier orden de viaje que incluya su nombre, y una declaración de su intención de vivir en los Estados Unidos cuando termine ese empleo; instrucciones del N-400, Parte 5, punto 8.
Si usted obtuvo la residencia permanente por VAWA como cónyuge, excónyuge o hijo maltratado de un ciudadano estadounidense, las instrucciones dicen que no se exige evidencia de la ciudadanía del cónyuge, del matrimonio, del divorcio o separación, ni de la unión matrimonial.
Si solicita por servicio militar
Según las instrucciones del N-400, "Required Evidence - Eligibility for Current and Former Members of the U.S. Armed Forces".
- El Formulario N-426, Solicitud de certificación de servicio militar o naval, completo (original o copia) — miembros activos que solicitan por su servicio.
- Una fotocopia de sus órdenes militares oficiales — si está en servicio activo, dentro o fuera de los Estados Unidos. No envíe un DD Form 214 original.
- Copias de su DD Form 214, NGB Form 22 u otro documento oficial de baja por cada período de servicio — si ya se separó de las fuerzas armadas.
- Documentos que lo autorizan a acompañar a su cónyuge militar según órdenes oficiales, y documentos del servicio militar de su cónyuge — si es el cónyuge residente permanente de un militar y vive con él o ella en el extranjero; instrucciones, "Eligibility and Evidence for the Spouse of a Member of the U.S. Armed Forces".
Si alguna vez lo arrestaron, citaron o acusaron
Según la tabla "Crimes and Offenses Evidence" de las instrucciones del N-400. Incluye incidentes en cualquier parte del mundo, también los borrados o sellados y los delitos cometidos antes de los 18 años. Puede enviar fotocopias con la solicitud, pero debe llevar los originales o copias certificadas por la corte a su entrevista. Si un registro ya no existe, envíe una confirmación original o certificada de la agencia policial o de la corte de que no está disponible.
- Arrestado o detenido, sin cargos: el informe de arresto y una declaración oficial de la agencia que lo arrestó o de la corte que confirme que no se presentaron cargos.
- Arrestado o detenido, con cargos: todos los informes de arresto, documentos de acusación, disposiciones de la corte, informes de sentencia y otros documentos pertinentes, más cualquier evidencia que quiera que se considere sobre las circunstancias.
- Condenado y sentenciado (incluida una sentencia suspendida, probation o parole): el registro de la sentencia de cada incidente y evidencia de que cumplió la sentencia, como los registros de probation o parole.
- Programa de desvío (diversion), adjudicación diferida u otra sentencia alternativa o programa de rehabilitación: el registro de la sentencia y evidencia de que completó el programa.
- Un registro anulado, dejado sin efecto, sellado o borrado, o un indulto: la moción y la orden de la corte que lo eliminó, la petición de indulto y la decisión que lo concedió, o una declaración de la corte de que no existe registro.
- Incidentes de tránsito: documentos solo si el incidente involucró alcohol o drogas, terminó en arresto o hirió gravemente a alguien.
- Una multa, restitución o embargo de salario: la orden y prueba de que la pagó o la está pagando.
USCIS no aprueba una solicitud mientras usted esté en probation, en parole o bajo una sentencia suspendida, por eso las instrucciones piden evidencia de la corte de que terminó.
Impuestos, manutención, Servicio Selectivo y viajes al extranjero
- Impuestos federales, estatales o locales atrasados: transcripciones de impuestos del IRS de los últimos 5 años (3 en la vía de matrimonio), un acuerdo firmado con la oficina de impuestos que muestre que presentó la declaración y acordó pagar, y un documento con el estado actual del plan de pagos — instrucciones, "Required Evidence - Taxes". Las transcripciones no se exigen en todos los casos.
- Manutención de hijos o del cónyuge: si tiene hijos que no viven con usted o una orden de manutención, la orden de la corte o del gobierno y prueba de que la cumplió, como cheques cobrados o recibos de giros postales, un registro de pagos de la corte o de la agencia, registros de embargo de salario o una carta notariada del padre, la madre o el tutor que cuida a sus hijos — instrucciones, "Required Evidence - Child and Spousal Support".
- Servicio Selectivo: si estaba obligado a inscribirse y no lo hizo antes de los 26 años, una carta de información de estatus (status information letter) del Servicio Selectivo y una declaración con sus razones; la tabla de las instrucciones indica a qué edades se exige — "Required Evidence - Selective Service System".
- Un viaje al extranjero de más de 6 meses pero menos de 1 año: evidencia de que mantuvo su residencia aquí, como transcripciones de impuestos del IRS, recibos de renta o hipoteca, talones de pago, estados de cuenta bancarios o de préstamos, registro y seguro del auto, o su pasaporte con sellos de entrada y salida — instrucciones, "Required Evidence - Continuous Residence".
- Las fechas de sus viajes: la Parte 8 del N-400 pide sus viajes fuera de los Estados Unidos; sus pasaportes le ayudan a anotarlos con exactitud.
Excepción por discapacidad y tutor o representante
- Formulario N-648, Certificación médica para excepciones por discapacidad — si responde "Sí" en la Parte 2, punto 11, y pide una excepción a los exámenes de inglés y de educación cívica; preséntelo junto con el N-400 (instrucciones, "Required Evidence - Disability Exceptions").
- Una orden judicial que nombre a un tutor legal o sustituto, o documentos que prueben el parentesco y que el representante designado es su cuidador principal — si otra persona completa el proceso por usted; instrucciones, "Required Evidence - Legal Guardian, Surrogate, or Designated Representative".
Traducciones, copias y originales
- Una traducción completa al inglés de cada documento en otro idioma, con la certificación firmada del traductor de que es completa y exacta y de que es competente para traducir, más su nombre en letra de molde, la fecha de la firma y sus datos de contacto — 8 CFR 103.2(b)(3) y las instrucciones del N-400, "Translations".
- Fotocopias legibles, no originales, salvo que las instrucciones pidan un original — instrucciones, "Copies". USCIS puede pedir un original en cualquier momento (8 CFR 103.2(b)(5)), y los originales enviados sin que se pidieran pueden ser destruidos.
La naturalización la decide USCIS, no la corte de inmigración. Si además tiene un caso en la corte de inmigración, los documentos en otro idioma que presente allí necesitan una traducción al inglés y la certificación del traductor según el 8 CFR 1003.33.
Qué llevar a la entrevista
- Su aviso de cita para la entrevista — USCIS, 10 pasos para la naturalización (en inglés), y todo lo demás que indique ese aviso.
- Los originales o copias certificadas por la corte de cada registro de arresto y de la corte — instrucciones, "Crimes and Offenses Evidence".
- Sus transcripciones de impuestos del IRS — las instrucciones dicen que las lleve, sobre todo si viajó fuera de los Estados Unidos por más de 6 meses.
- Cualquier evidencia que no envió con la solicitud — USCIS pide la evidencia al presentar, pero puede aceptarla en la entrevista (instrucciones, "Evidence").
- Un intérprete, solo si califica para una excepción al examen de inglés — el intérprete hace un juramento y entrega copia de una identificación oficial; Manual de Políticas de USCIS, vol. 12, parte B, cap. 3 (en inglés).
Antes de presentar
Los formularios y las instrucciones cambian. Antes de presentar, abra la página del Formulario N-400 y verifique qué edición acepta USCIS y qué piden las instrucciones vigentes; todas las páginas deben ser de la misma edición. Pida a un abogado que revise el paquete completo primero, sobre todo si tiene algún arresto, citación o problema migratorio anterior. Nuestra página de abogado de ciudadanía explica cómo revisamos un N-400.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que enviar fotos con el Formulario N-400?
Solo si solicita desde fuera de los Estados Unidos, por ejemplo como miembro de las fuerzas armadas, cónyuge de militar o cónyuge de un ciudadano que trabaja en el extranjero para un empleador calificado. En ese caso las instrucciones del N-400 piden dos fotos idénticas a color tipo pasaporte. A los demás solicitantes se les toma la foto en la cita de datos biométricos si USCIS la programa.
¿Envío originales o copias?
Copias. Las instrucciones del N-400 dicen que envíe fotocopias legibles salvo que pidan un original, y los originales enviados sin que se pidieran pueden ser destruidos. Para arrestos y casos en la corte puede enviar fotocopias, pero debe llevar los originales o copias certificadas por la corte a la entrevista.
¿Necesito registros de la corte de un arresto desestimado o borrado?
Sí. El N-400 pregunta por cada arresto, citación y cargo en cualquier parte del mundo, incluidos los borrados o sellados. Las instrucciones piden los registros del caso y, si el registro se eliminó, la orden de la corte o una declaración de la corte de que no existe registro. Si un registro no está disponible, envíe una confirmación certificada de la agencia o de la corte.
¿Qué documentos adicionales necesito para la vía de 3 años por matrimonio?
Prueba de que su cónyuge ha sido ciudadano por al menos 3 años, su acta de matrimonio actual y prueba de que terminaron los matrimonios anteriores, y evidencia de que han vivido en unión matrimonial por al menos 3 años, como estados de cuenta conjuntos, contratos de arrendamiento o hipotecas, actas de nacimiento de los hijos, pólizas de seguro y transcripciones de impuestos del IRS de los últimos 3 años.
¿Los documentos en español necesitan traducción?
Sí. Según el 8 CFR 103.2(b)(3) y las instrucciones del N-400, cada documento en otro idioma necesita una traducción completa al inglés con la certificación firmada del traductor de que es completa y exacta y de que es competente para traducir.
¿Qué debo llevar a la entrevista de naturalización?
Su aviso de cita y todo lo que indique, los originales o copias certificadas por la corte de cualquier registro de arresto y de la corte, y sus transcripciones de impuestos del IRS, sobre todo si viajó al extranjero por más de 6 meses. También puede llevar evidencia que no envió con la solicitud.
Fuentes oficiales
- Formulario N-400, Solicitud de Naturalización (lista de evidencia) — USCIS
- Instrucciones del Formulario N-400 (PDF) — USCIS (en inglés)
- Formulario N-648, Certificación médica para excepciones por discapacidad — USCIS
- Formulario N-426, certificación de servicio militar o naval — USCIS (en inglés)
- Manual de Políticas de USCIS, vol. 12, parte B, cap. 3, entrevista de naturalización (en inglés)
- 10 pasos para la naturalización — USCIS (en inglés)
- 8 CFR 103.2, presentación y decisión de solicitudes — eCFR (en inglés)
- 8 CFR 292.4, comparecencias — eCFR (en inglés)
- 8 CFR 1003.33, traducción de documentos — eCFR (en inglés)