Saltar al contenido
Carlos Maury Law
Exjuez de Inmigración

Lista para imprimir · Corte de inmigración

Lista de documentos para la defensa contra la deportación

Una lista para imprimir de los documentos que suelen necesitar las personas en proceso de expulsión ante la corte de inmigración, cada uno vinculado al reglamento, a las instrucciones del formulario o a la regla del Manual de Práctica de la EOIR que lo pide: papeles del caso, formularios de domicilio y de representación, documentos de identidad y de entrada, pruebas para el alivio, antecedentes penales, traducciones y cómo armar el paquete.

Revisado por Carlos Maury, exjuez de inmigración de EE. UU.. Última revisión: .

Descargue esta lista en PDF para imprimirla o compartirla.

Esta es una lista para imprimir. Para imprimirla, use el comando Imprimir de su navegador (Ctrl+P, o Command+P en una Mac), o descargue el PDF que aparece arriba. Marque cada documento a medida que lo reúna. Cada punto indica el reglamento, las instrucciones del formulario o el capítulo del Manual de Práctica de las Cortes de Inmigración de la EOIR (en inglés) que lo pide. No todos los puntos se aplican a todos los casos: los que necesita dependen de los cargos y del alivio que le pida al juez.

Los papeles de su caso

  • Notificación de Comparecencia (Notice to Appear, Formulario I-862) — el documento que inicia el proceso de expulsión una vez que el DHS lo presenta ante la corte; indica los cargos en su contra (Manual de Práctica 3.2(a)).
  • Cada aviso de audiencia y cualquier orden de calendario de la corte de inmigración — muestran su próxima audiencia y los plazos que fijó el juez. Según el 8 CFR 1003.31(h), una solicitud o documento que no se presenta dentro del plazo fijado por el juez se considera renunciado.
  • Su número A (número de registro de extranjero) — debe aparecer en la portada de cada presentación, con todos sus números A si tiene más de uno (Manual de Práctica 2.3(c)(6)).
  • Copias de todos los documentos que le haya expedido el DHS — instrucciones de los formularios EOIR-42A y EOIR-42B, punto 3, "Supporting documents".
  • Cualquier orden o decisión anterior de un juez de inmigración o de la Junta de Apelaciones de Inmigración en su caso — una copia de la decisión del juez forma parte del paquete de una moción para reabrir o reconsiderar (Manual de Práctica 2.3(c)(1)(D) y (E)).

Formularios de domicilio y de representación

  • Formulario EOIR-33/IC, cambio de domicilio — debe avisar por escrito a la corte de su nueva dirección dentro de los cinco días siguientes al cambio, en el Formulario EOIR-33 (8 CFR 1003.15(d)(2)). Los avisos de audiencia se envían a la dirección que consta en el expediente. Las instrucciones de los formularios I-485 e I-589 de USCIS repiten esta regla y añaden un aviso aparte a USCIS.
  • Formulario EOIR-28, comparecencia del representante — si un abogado o representante acreditado lo representa, lo presenta ante la corte y entrega copia al DHS (8 CFR 1003.17(a)); va al principio de cada paquete (Manual de Práctica 2.3(c)(1)).
  • Formulario EOIR-61 — si un abogado solo le ayudó a preparar un documento concreto pero no lo representa, el formulario se presenta junto con ese documento (8 CFR 1003.17(b)).

Documentos de identidad y de entrada

Hable con un abogado antes de presentar documentos de identidad o de entrada. Cuando el DHS alega que una persona entró sin ser admitida ni recibir permiso de permanencia temporal (parole), el DHS debe primero probar que la persona es extranjera (8 CFR 1240.8(c)); lo que usted presente puede influir en eso.

  • Copia de cada pasaporte o documento de viaje, de tapa a tapa — instrucciones del Formulario I-589, "Required Documents"; no presente el pasaporte original salvo que se lo pidan.
  • Acta de nacimiento, cédula de identidad u otros documentos de identidad — las instrucciones del I-589 recomiendan presentar una copia y llevar los originales.
  • Formulario I-94, página de la visa y sello de admisión o de parole — prueba de su admisión o parole más reciente (instrucciones del Formulario I-485, "Evidence of Inspection and Admission or Inspection and Parole"). Quien alega estar legalmente presente tras una admisión debe probarlo con pruebas claras y convincentes (8 U.S.C. 1229a(c)(2)(B)).

Pruebas para el alivio que solicita

La solicitud de alivio se presenta ante la corte de inmigración durante el caso, y a usted le corresponde probar que reúne los requisitos (8 CFR 1240.11). Las listas siguientes siguen las instrucciones oficiales de cada formulario.

Cancelación de expulsión (Formulario EOIR-42A o EOIR-42B)

Las instrucciones de ambos formularios están en la página de formularios de la EOIR. El EOIR-42A es para ciertos residentes permanentes; el EOIR-42B, para ciertos no residentes permanentes.

  • La solicitud original firmada, con todos los documentos de apoyo y hojas adicionales — instrucciones de los formularios EOIR-42A y EOIR-42B, "Serving & filing your application".
  • Comprobante de pago por el portal de pagos de la EOIR (EOIR Payment Portal), y por el portal de pagos de USCIS si corresponde, o una petición de exención de pago cuando las reglas lo permitan — USCIS indica que no aceptará solicitudes de la EOIR con matasellos del 31 de julio de 2026 o posterior sin comprobante de pago por esos portales (USCIS, Immigration Benefits in EOIR Proceedings, en inglés).
  • Su copia de las instrucciones de USCIS previas a la orden, seguidas paso a paso — el abogado del DHS debe entregarle estas instrucciones para presentar ciertas solicitudes en la corte de inmigración y dar sus datos biométricos y biográficos; USCIS pide seguirlas con cuidado (USCIS, Immigration Benefits in EOIR Proceedings, en inglés). Las instrucciones anteriores de los formularios EOIR-42A/42B también mencionan el Formulario G-325A, pero USCIS ahora lo titula "Biographic Information (for Deferred Action)" (información biográfica para acción diferida), así que consulte a su abogado antes de presentarlo en la corte.
  • Todos los antecedentes penales y registros de condenas — instrucciones de los formularios EOIR-42A y EOIR-42B, punto 3.
  • Prueba de presencia física continua durante el período requerido (EOIR-42B) — las instrucciones dan ejemplos: libretas bancarias, contratos de arrendamiento, escrituras, licencias, recibos, cartas, registros de nacimiento, registros de la iglesia, registros escolares, registros de empleo y pruebas de pago de impuestos.
  • Certificados de antecedentes policiales de cada lugar donde vivió durante ese período (EOIR-42B) — para demostrar buena conducta moral.
  • Declaraciones juradas de testigos sobre su buena conducta moral, incluida la de su empleador, que describa el trabajo, cuánto tiempo lleva en él y sus ingresos (EOIR-42B, recomendado).
  • Prueba de su parentesco con cada familiar que, según usted, sufriría dificultades, y de su ciudadanía estadounidense o residencia permanente — actas de nacimiento, actas de matrimonio, prueba de divorcio, actas de defunción (EOIR-42B).
  • Registros de pago de impuestos y de manutención de hijos durante su tiempo en los Estados Unidos (EOIR-42B).
  • Dos fotografías a color tipo pasaporte tomadas en los últimos 30 días, con su nombre y número A escritos suavemente al dorso (instrucciones del EOIR-42B, punto 6, salvo que esté detenido donde no pueda cumplir).

Asilo, retención de expulsión y Convención contra la Tortura (Formulario I-589)

Si usted está en proceso de expulsión, las instrucciones del Formulario I-589 (en inglés) indican que la solicitud se presenta ante la corte de inmigración que lleva su caso.

  • El Formulario I-589 original completo, firmado en la Parte D, con los originales de las hojas y declaraciones adicionales. No firme la Parte G antes de la audiencia; la firma ante el juez (instrucciones del I-589).
  • Una copia de la prueba de parentesco de cada familiar incluido — actas de nacimiento o registros escolares de los hijos, acta de matrimonio, prueba de que terminó un matrimonio anterior (instrucciones del I-589).
  • Una copia de todos los pasaportes y documentos de viaje, de tapa a tapa, y de cualquier documento migratorio de EE. UU., como el Formulario I-94, suyos y de cada familiar incluido (instrucciones del I-589).
  • Las pruebas razonablemente disponibles sobre la situación de su país y sobre los hechos concretos de su caso — por ejemplo, artículos de prensa, declaraciones juradas de testigos, registros médicos o psicológicos, fotografías, documentos oficiales. Si esas pruebas no están razonablemente disponibles, explique por qué en el Suplemento B del Formulario I-589 o en hojas adicionales (instrucciones del I-589, "Additional Evidence That You Must Submit").
  • Su nombre, número A, firma y fecha en cada página añadida (instrucciones del I-589, "Organizing Your Application").

Ajuste de estatus ante el juez (Formulario I-485)

Según las instrucciones del Formulario I-485 (en inglés), quien está en proceso generalmente presenta el I-485 ante la corte de inmigración, y el abogado del DHS le entrega las instrucciones previas a la orden para las verificaciones de antecedentes y para enviar una copia de la solicitud a USCIS.

  • El Formulario I-485 y las pruebas que piden sus instrucciones — entre ellas, la prueba de su categoría de inmigrante, como una copia del aviso Formulario I-797 de la petición en que se basa (instrucciones del I-485, "Documentation of Your Immigrant Category").
  • Formulario I-864, declaración jurada de patrocinio económico, cuando se exige — la mayoría de los casos por familia (instrucciones del I-485); el juez puede decidir si es suficiente (8 CFR 1240.11(a)(2)).
  • Formulario I-693, examen médico, firmado por un médico autorizado (civil surgeon), cuando las instrucciones del I-485 lo exigen.
  • Una solicitud de perdón (waiver), si usted es inadmisible y cree que califica para un perdón — puede presentarse ante el juez junto con la solicitud de ajuste (8 CFR 1240.11(a)(2)).

Datos biométricos para cualquiera de estas solicitudes

  • Las instrucciones del DHS previas a la orden sobre datos biométricos y su aviso de cita — si no proporciona los datos biométricos en el plazo que fija el juez, el juez puede dar la solicitud por abandonada (8 CFR 1003.47(c)–(d); USCIS, Immigration Benefits in EOIR Proceedings, en inglés).
  • Prueba de que se tomaron sus datos biométricos — guárdela y llévela a sus audiencias (instrucciones del EOIR-42B, punto 8).

Antecedentes penales

Si alguna vez lo arrestaron, lo acusaron o lo condenaron, en cualquier lugar, los registros exactos de la corte son importantes.

  • Los registros judiciales de cada caso — como el registro de la sentencia y la condena; el registro de la declaración de culpabilidad, el veredicto y la pena; una anotación del expediente judicial; o un resumen de la condena preparado por la corte o por la oficina estatal de registros. Son los registros que el 8 CFR 1003.41 enumera como prueba de una condena.
  • Los registros de arresto, incluidos los arrestos que no terminaron en condena — el Manual de Práctica pide adjuntar toda la documentación pertinente, como los registros de arrestos y de condenas (Manual de Práctica 2.3(f)).
  • Un cuadro de antecedentes penales — para cada arresto: la fecha, el número de expediente judicial, los cargos, el resultado y las consecuencias migratorias, con referencias a las páginas de los registros adjuntos (Manual de Práctica 2.3(f)).

Cómo quiere la corte que se arme el paquete

Estas reglas vienen del capítulo 2.3 del Manual de Práctica, del capítulo 2.2 y del 8 CFR 1003.32.

  • Portada con encabezado — el nombre y la dirección de quien preparó los documentos, el título de la presentación, su nombre completo tal como aparece en la Notificación de Comparecencia, su número A, el tipo de proceso y la fecha y hora de la audiencia (2.3(c)(6)).
  • Los documentos en el orden correcto — para una solicitud: Formulario EOIR-28 (si se requiere), portada, recibo de pago o petición de exención de pago (si corresponde), la solicitud, las pruebas propuestas con un índice y el comprobante de entrega (2.3(c)(1)(A)).
  • Números de página consecutivos en el centro o la esquina derecha de la parte inferior de cada página (2.3(c)(3)).
  • Índice con números de página siempre que presente pruebas o documentos de apoyo (2.3(c)(3)).
  • Comprobante de entrega (certificado de entrega) al DHS — a quién se entregó, la dirección completa, la fecha, el medio y los documentos entregados, firmado por quien hizo la entrega. Si presenta por el sistema electrónico de la EOIR y ambas partes lo usan, el certificado se incluye igual y lo indica (2.2(a) y (e); 8 CFR 1003.32). El juez no considerará documentos sin él, salvo que la entrega se haga constar en una audiencia (8 CFR 1003.32(c)).
  • Firmas — cada formulario, moción o escrito firmado por quien lo preparó, con el nombre escrito a máquina o en letra de molde (2.3(b)).
  • Páginas tamaño carta — 8½ por 11 pulgadas, legibles, por un solo lado (8 CFR 1003.32(d); 2.3(c)(5)).
  • Fotocopias, no originales, de los documentos de apoyo — y lleve los originales a cada audiencia individual; el DHS puede examinarlos (2.3(d)(3); 8 CFR 1003.31(c)). Las instrucciones de los formularios EOIR-42A y EOIR-42B también dicen que los originales deben estar disponibles en la audiencia.
  • Fotografías marcadas al dorso con su nombre y número A (2.3(d)(4)).
  • Artículos e informes marcados con el título, la fecha y los números de página, la dirección web completa si son de internet, y las partes pertinentes resaltadas (2.3(e)).

Traducciones

  • Una traducción completa al inglés de cada documento en otro idioma, con una certificación firmada por el traductor de que es competente para traducir y de que la traducción es fiel y exacta según su leal saber y entender (8 CFR 1003.33).
  • El certificado del traductor escrito a máquina, firmado y unido al documento, con la dirección y el teléfono del traductor; si un certificado cubre varios documentos, debe enumerarlos (Manual de Práctica 2.3(a)).
  • Un certificado de interpretación para toda declaración en inglés firmada por alguien que no domina el inglés — que indique que se le leyó en un idioma que entiende (Manual de Práctica 2.3(a)).
  • Para los documentos que envíe a USCIS, como una copia de una solicitud que las instrucciones del DHS le piden enviar allí: una traducción completa al inglés certificada como completa y exacta, con la certificación de competencia del traductor (8 CFR 103.2(b)(3)).

Si el juez decide en su contra

  • Formulario EOIR-26, aviso de apelación — se presenta ante la Junta de Apelaciones de Inmigración dentro de los 30 días naturales siguientes a la decisión oral del juez o al envío por correo o notificación electrónica de una decisión escrita (8 CFR 1003.38(b)).
  • La decisión del juez — guarde una copia; vea nuestra página de apelaciones de inmigración.

Antes de presentar

Los formularios y sus instrucciones cambian. Antes de presentar, confirme que tiene la edición vigente de cada formulario y de sus instrucciones en la página oficial: la página de formularios de la EOIR para los formularios de la EOIR, y uscis.gov para los de USCIS. El juez puede fijar otros plazos o pedir otros documentos en su caso. Pida a un abogado que revise el paquete completo antes de presentarlo; vea nuestra página de defensa contra la deportación.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo llevar a mi primera audiencia en la corte de inmigración?

Lleve su Notificación de Comparecencia, todos los avisos de audiencia que haya recibido y los originales de los documentos que haya presentado o piense presentar. El Manual de Práctica dice que, cuando se presentan documentos de apoyo en una audiencia preliminar (master calendar), los originales deben ponerse a disposición del DHS, y que los originales deben llevarse a cada audiencia individual.

¿Presento documentos originales o copias ante la corte de inmigración?

Copias. El Manual de Práctica de la EOIR, capítulo 2.3(d)(3), dice que se presentan ante la corte y se entregan al DHS fotocopias de los documentos de apoyo, no los originales, y que los originales deben estar disponibles para revisión. Los formularios, mociones y escritos en sí deben llevar firma original.

¿Hay que traducir mis documentos en español?

Sí. Según el 8 CFR 1003.33, todo documento en otro idioma que se presente en la corte de inmigración debe ir acompañado de una traducción al inglés y de una certificación firmada por el traductor de que es competente para traducir y de que la traducción es fiel y exacta. El Manual de Práctica añade que el certificado debe estar escrito a máquina, unido al documento e incluir la dirección y el teléfono del traductor.

¿Qué es un comprobante de entrega?

Es una declaración firmada de que usted entregó al DHS una copia de lo que presentó: a quién, en qué dirección, en qué fecha, por qué medio y qué documentos. El 8 CFR 1003.32(c) dice que el juez no considerará documentos sin él, salvo que la entrega se haga constar en una audiencia. Si ambas partes usan el sistema electrónico de la EOIR, el certificado se incluye igual y lo indica.

¿Cómo le aviso a la corte de inmigración mi nueva dirección?

Presente el Formulario EOIR-33/IC ante la corte dentro de los cinco días siguientes a la mudanza, como exige el 8 CFR 1003.15(d)(2). Los avisos de audiencia se envían a la dirección que consta en el expediente. Si además tiene una solicitud ante USCIS, las instrucciones de los formularios de USCIS indican avisar a USCIS por separado.

¿Qué antecedentes penales quiere ver la corte?

Los registros judiciales de cada caso, como la sentencia y la condena, la declaración de culpabilidad, el veredicto y la pena, una anotación del expediente o un resumen preparado por la corte (8 CFR 1003.41). El Manual de Práctica también pide un cuadro de antecedentes penales con cada arresto, su fecha, número de expediente, cargos, resultado y consecuencias migratorias, con los registros adjuntos y paginados.

Fuentes oficiales