Lista de documentos para imprimir
Lista de documentos para la visa U y VAWA
Una lista para imprimir de los documentos que piden las instrucciones oficiales de USCIS en una petición de visa U (Formulario I-918 con los Suplementos B y A) y en una autopetición VAWA (Formulario I-360), con la instrucción del formulario o el reglamento que respalda cada punto.
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Cómo usar esta lista
Esta es una lista de verificación para imprimir. Para imprimirla, use el comando Imprimir de su navegador (Ctrl+P, o Comando+P en una Mac), o descargue el PDF que aparece arriba. Marque cada casilla a medida que reúna el documento. Cada punto indica qué instrucciones oficiales del formulario o qué reglamento lo pide, para que usted pueda compararlo con la fuente. No todos los puntos se aplican a todas las personas, y en muchos casos las instrucciones aceptan otras pruebas creíbles.
Parte A. Visa U: Formulario I-918 para la víctima
Las instrucciones del Formulario I-918 (en inglés) enumeran las pruebas iniciales obligatorias que siguen. Un mismo documento puede servir para más de un punto.
- Formulario I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante, completo y firmado — instrucciones del I-918; USCIS rechaza una petición sin firma. Si su casa no es un lugar seguro para recibir correo, el formulario tiene un espacio para una dirección postal segura.
- Original del Formulario I-918 Suplemento B, Certificación de Estatus U de No Inmigrante, firmado por un funcionario certificador — instrucciones del I-918, punto 1 (un Suplemento B original, debidamente firmado y a tiempo). Según el 8 CFR 214.14(c)(2)(i), debe estar firmado dentro de los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación, y las instrucciones del Suplemento B (en inglés) dicen que es válido por seis meses desde la fecha de la firma. USCIS no acepta una fotocopia de la página de firma. Quienes recibieron el alivio provisional de la visa U (interim relief) no están obligados a presentarlo.
- Prueba de la designación del firmante, si no firmó el jefe de la agencia — instrucciones del Suplemento B: se adjunta la designación por escrito del funcionario certificador hecha por el jefe de la agencia.
- Declaración personal — instrucciones del I-918, punto 7: un relato que describa la naturaleza del delito, cuándo ocurrió, quién fue responsable, los hechos que lo rodearon, cómo llegó a ser investigado o procesado y el abuso físico o mental sustancial que usted sufrió. Un padre, tutor o representante (next friend) puede presentarla por una víctima menor de 16 años, incapacitada o incompetente.
- Pruebas de que usted es víctima de un delito que califica — punto 2, por ejemplo informes policiales, documentos judiciales, transcripciones de juicios, artículos de prensa, declaraciones juradas u órdenes de protección.
- Pruebas del abuso físico o mental sustancial — punto 3, por ejemplo informes o declaraciones juradas de personal médico, trabajadores sociales, personal escolar, religiosos o funcionarios judiciales; órdenes de protección; fotos de lesiones visibles respaldadas por declaraciones juradas, y declaraciones juradas de personas que conocen los hechos. Si el abuso fue repetido, documente ese patrón.
- Pruebas de que usted tiene información sobre el delito — punto 4, como informes y declaraciones juradas de la policía, jueces y otros funcionarios judiciales.
- Pruebas de su colaboración con las autoridades — punto 5, por ejemplo transcripciones de juicios, documentos judiciales, informes policiales, copias de formularios de reembolso de viajes a la corte y declaraciones juradas de otros testigos o funcionarios.
- Pruebas de que el delito califica y ocurrió en los Estados Unidos o violó la ley de EE. UU. — punto 6, por ejemplo una copia de la ley penal que muestra los elementos del delito; si el delito ocurrió en el extranjero, la ley que da jurisdicción extraterritorial y prueba de que puede procesarse en una corte federal.
- Documentos de edad, incapacidad o incompetencia, si un padre, tutor o representante actúa por la víctima — puntos 4 y 5, por ejemplo un acta de nacimiento, documentos judiciales que reconocen al representante o expedientes médicos.
- Su pasaporte o documento de viaje, aunque esté vencido — las instrucciones del I-918 piden sus datos en la petición si lo usó para viajar a los Estados Unidos.
- Formulario I-192, Solicitud de Permiso Anticipado para Entrar como No Inmigrante, si usted es inadmisible — instrucciones del I-918, punto 8, y 8 CFR 214.14. Puede presentarse junto con el I-918. Vea la página del Formulario I-192 (en inglés).
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, si vive en los Estados Unidos y quiere un permiso de trabajo mientras espera — la página del Formulario I-918 de USCIS indica que los peticionarios principales y los familiares que califican pueden presentarlo en la categoría (c)(14) con su solicitud inicial para un permiso de trabajo por determinación de autenticidad (bona fide determination). No lo presente por un familiar que vive fuera de los Estados Unidos.
Parte A (continuación). Familiares que califican: Formulario I-918 Suplemento A
Los familiares se incluyen con un suplemento aparte, presentado con el I-918 o después. Las instrucciones del I-918 piden:
- Un Formulario I-918 Suplemento A completo y firmado por cada familiar — instrucciones del I-918, sección sobre el Suplemento A y sus pruebas.
- Prueba del parentesco — para el cónyuge, el acta de matrimonio civil y prueba de que terminó cualquier matrimonio anterior de cualquiera de los dos (sentencia de divorcio o acta de defunción); para un hijo, su acta de nacimiento con el nombre del padre o la madre; para un padre o un hermano soltero menor de 18 años, las actas de nacimiento que indican las instrucciones; para hijastros e hijos adoptivos, el acta de matrimonio o las sentencias de adopción que describen las instrucciones.
- Pruebas secundarias, si un documento requerido no existe — una declaración que explique por qué, junto con registros de la iglesia, del censo o de la escuela, o dos declaraciones juradas de personas que conocen el hecho personalmente.
- Prueba legal de un cambio de nombre — si un nombre no coincide con el del documento, por ejemplo un acta de matrimonio, una sentencia de adopción o una orden judicial.
- Datos del pasaporte o documento de viaje del familiar, aunque esté vencido — el Suplemento A los pide si el familiar lo usó para viajar a los Estados Unidos.
Parte B. Autopetición VAWA: Formulario I-360
El cónyuge, hijo o padre maltratado por un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente presenta el Formulario I-360 por su cuenta, sin el agresor. Las instrucciones del Formulario I-360 (en inglés, sección VAWA) dicen que puede presentarlo con cualquier prueba creíble y pertinente, y recomiendan los documentos siguientes; el 8 CFR 204.2(c)(2) establece la misma regla.
- Formulario I-360, completo y firmado — instrucciones del I-360. Si su casa no es un lugar seguro para recibir correo, dé una dirección postal alternativa o segura en la Parte 1.
- Prueba de la ciudadanía estadounidense o la residencia permanente del agresor — instrucciones del I-360, prueba 1.
- Prueba de su relación legal con el agresor — prueba 2: actas de matrimonio y sentencias de divorcio, actas de nacimiento u otras pruebas. Un cónyuge todavía puede presentar la petición dentro de los dos años después de que terminó el matrimonio si el fin del matrimonio está relacionado con el abuso, o dentro de los dos años de la muerte de un agresor ciudadano.
- Prueba de que vivió con el agresor — prueba 3: uno o más documentos, como registros de empleo, recibos de servicios públicos, registros escolares, expedientes médicos u hospitalarios, actas de nacimiento de los hijos, hipotecas, contratos de alquiler, pólizas de seguro o declaraciones juradas.
- Pruebas de la agresión o la crueldad extrema — prueba 4: informes y declaraciones juradas de la policía, jueces y funcionarios judiciales, personal médico, personal escolar, religiosos, trabajadores sociales y agencias de servicios sociales; copias de cualquier orden de protección u otros documentos judiciales que usted presentó para poner fin al abuso.
- Pruebas de un matrimonio de buena fe (cónyuges) — prueba 6: constancia de que un cónyuge figuraba como cónyuge del otro en pólizas de seguro, contratos de arrendamiento, declaraciones de impuestos o estados de cuenta bancarios; su propia declaración jurada y las de personas que conocen el noviazgo, la boda, el hogar compartido y la vida en común.
- Su declaración jurada de buena conducta moral, si tiene 14 años o más — prueba 5.
- Certificados de antecedentes policiales, si tiene 14 años o más — prueba 5 y 8 CFR 204.2(c)(2)(v): un certificado de la policía local, una verificación estatal de antecedentes penales o un informe similar de cada lugar, en los Estados Unidos o en el extranjero, donde usted vivió seis meses o más durante los tres años inmediatamente anteriores a la presentación. Si alguno no se puede obtener, el reglamento permite una explicación y otras pruebas junto con su declaración jurada.
La información de un caso VAWA o de visa U está protegida por la ley federal: el 8 U.S.C. 1367 prohíbe a los funcionarios tomar una decisión adversa de admisibilidad o deportabilidad usando información proporcionada solo por el agresor o el autor del delito, y limita la divulgación de la información del caso. Las instrucciones del I-360 mencionan esta protección.
Traducciones, copias y originales
- Una traducción completa al inglés de cada documento en otro idioma, con la certificación del traductor — 8 CFR 103.2(b)(3) y las instrucciones del I-918 y del I-360: el traductor certifica que la traducción es completa y exacta y que es competente para traducir, con su firma, nombre en letra de molde, fecha y datos de contacto.
- Traducciones de todo lo que se presente en la corte de inmigración — 8 CFR 1003.33: un documento en otro idioma debe ir acompañado de una traducción al inglés y de la certificación firmada del traductor sobre su competencia y la exactitud de la traducción.
- Fotocopias legibles, no originales — ambas instrucciones: envíe copias salvo que las instrucciones pidan un original; USCIS puede pedir los originales en cualquier momento y puede destruir los originales enviados sin que se pidieran. La certificación del Suplemento B es la excepción: debe ser el original.
Antes de presentar
Los formularios cambian. Antes de presentar, abra las páginas oficiales del Formulario I-918 y del Formulario I-360 y verifique la edición vigente del formulario y de sus instrucciones; USCIS puede rechazar un formulario de una edición equivocada. Verifique la dirección de envío en la propia página del formulario, en la sección "Dónde Presentar su Solicitud" (Where to File), el mismo día en que lo envíe: esta lista no incluye direcciones. Pida que un abogado revise todo el paquete antes de enviarlo; nuestra página de abogado de visa U y VAWA explica cómo ayudamos.
Preguntas frecuentes
¿Qué tan reciente debe ser la certificación del Suplemento B?
Según el 8 CFR 214.14(c)(2)(i), el Formulario I-918 Suplemento B debe estar firmado por el funcionario certificador dentro de los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación del I-918. Las instrucciones del Suplemento B dicen que, si la víctima no presenta la petición dentro de seis meses, necesita un nuevo Suplemento B de la agencia certificadora.
¿Puedo enviar una copia del Suplemento B?
No. Las instrucciones del I-918 exigen un Suplemento B original, debidamente firmado y a tiempo, y las instrucciones del Suplemento B dicen que USCIS no acepta una fotocopia de la página de firma ni un nombre escrito a máquina en lugar de la firma.
¿Necesito un informe policial para una autopetición VAWA?
Ningún documento en particular es obligatorio. Las instrucciones del I-360 y el 8 CFR 204.2(c)(2) aceptan cualquier prueba creíble y pertinente. Los informes policiales, las órdenes de protección, los expedientes médicos y las declaraciones juradas de personas que conocen el abuso están entre los ejemplos que dan las instrucciones.
¿Qué certificados de antecedentes policiales necesita un autopeticionario VAWA?
Si usted tiene 14 años o más, las instrucciones del I-360 piden su declaración jurada de buena conducta moral con un certificado de la policía local, una verificación estatal de antecedentes penales o un informe similar de cada lugar en los Estados Unidos o en el extranjero donde vivió seis meses o más durante los tres años anteriores a la presentación. Si alguno no se puede obtener, el 8 CFR 204.2(c)(2)(v) permite una explicación y otras pruebas.
¿Hay que traducir mis documentos?
Sí, si están en otro idioma. Según el 8 CFR 103.2(b)(3) y las instrucciones de los formularios, USCIS necesita una traducción completa al inglés con la certificación del traductor sobre su exactitud, su integridad y su competencia. En la corte de inmigración, el 8 CFR 1003.33 establece una regla similar.
¿Se enterará el agresor de mi caso VAWA o de visa U?
La ley federal, el 8 U.S.C. 1367, limita la divulgación de la información de estos casos y prohíbe a los funcionarios tomar una decisión adversa de admisibilidad o deportabilidad usando información proporcionada solo por el agresor o el autor del delito. Ambos formularios permiten dar una dirección postal segura.
¿A dónde envío los formularios?
Consulte la sección Dónde Presentar su Solicitud de la página oficial del Formulario I-918 o del Formulario I-360 en uscis.gov el mismo día en que los envíe. Las direcciones cambian, por eso esta lista no las incluye.
Fuentes oficiales
- Formulario I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante — USCIS
- Instrucciones del Formulario I-918 y del Suplemento A — USCIS (PDF, en inglés)
- Instrucciones del Formulario I-918 Suplemento B, certificación de estatus U — USCIS (PDF, en inglés)
- Formulario I-360, incluidos los autopeticionarios VAWA — USCIS
- Instrucciones del Formulario I-360 — USCIS (PDF, en inglés)
- Formulario I-192, permiso anticipado para entrar como no inmigrante — USCIS (en inglés)
- 8 CFR 214.14, clasificación U de no inmigrante — eCFR (en inglés)
- 8 CFR 204.2, incluida la (c), autopeticiones de cónyuges e hijos maltratados — eCFR (en inglés)
- 8 CFR 103.2(b)(3), traducciones — eCFR (en inglés)
- 8 CFR 1003.33, traducción de documentos en la corte de inmigración — eCFR (en inglés)
- 8 U.S.C. 1367, confidencialidad en casos VAWA y de visa U — govinfo.gov (en inglés)