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Carlos Maury Law
Exjuez de Inmigración
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Tribunal federal deja seguir dos reclamos sobre el acceso a audiencias en Fort Snelling, pero niega la medida cautelar

Por Carlos Maury 5 min de lectura

Corte de inmigración: Corte de Inmigración de Fort Snelling

Tribunal federal deja seguir dos reclamos sobre el acceso a audiencias en Fort Snelling, pero niega la medida cautelar

El 3 de septiembre de 2026, un juez federal en Washington, D.C., falló en una demanda presentada por observadores voluntarios sobre el acceso del público a las audiencias de inmigración, entre ellas las de la Corte de Inmigración de Fort Snelling, en Minnesota. En el caso The Advocates for Human Rights et al. v. Todd Blanche et al. (Tribunal de Distrito de D.C., n.º 26-865), el juez de distrito Rudolph Contreras permitió que dos reclamos sigan adelante, desestimó los demás y negó la medida cautelar preliminar y la suspensión que pedían los demandantes.

Esta es información general sobre una decisión judicial, no asesoría legal. La fuente es la opinión del tribunal (se abre en una pestaña nueva) (memorandum opinion) con fecha del 3 de septiembre de 2026 (también disponible en CourtListener (se abre en una pestaña nueva)).

Quién demandó y por qué

Los demandantes son The Advocates for Human Rights, organización que mantiene un proyecto de observación en la corte de Fort Snelling, y varios observadores a título personal. Los demandados son el fiscal general interino, el Departamento de Justicia y funcionarios de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR).

La norma central es el 8 CFR 1003.27 (se abre en una pestaña nueva), que dispone que todas las audiencias, salvo las de exclusión, serán abiertas al público, con excepciones limitadas.

Lo que dicen los demandantes sobre Fort Snelling

Lo siguiente son alegaciones y declaraciones de los demandantes, no hechos probados por el tribunal:

Lo que decidió el tribunal

Sobreviven dos reclamos. El tribunal consideró plausible que el gobierno impida el acceso a los observadores (1) al celebrar audiencias totalmente en línea sin forma de que el público entre, o (2) al ofrecer acceso solo en otro estado sin aviso adecuado del lugar. Según la opinión, estas prácticas, "if proven" (de probarse), violarían el 8 CFR 1003.27. Eso no significa que el tribunal haya dado por probadas esas prácticas.

Los demás reclamos fueron desestimados. El tribunal calificó de lícitas algunas medidas impugnadas, como exigir que los observadores asistan en persona.

No hubo medida cautelar. El tribunal explicó que se debió en gran parte a que el gobierno había tomado medidas recientes frente a esas quejas. La hoja informativa de EOIR de junio de 2026, Observing Immigration Court Hearings, indica que las audiencias por internet sin sala física disponible están abiertas al público y que los visitantes pueden usar los enlaces de Webex publicados en el sitio de EOIR. Como el gobierno ya se había desmarcado de la práctica de negar el acceso remoto en esos casos, el tribunal no vio un riesgo claro de daño inminente. Sobre las audiencias fuera del estado, el expediente no era claro.

El tribunal además tomó conocimiento judicial de una publicación de EOIR del 11 de julio de 2026, firmada por su director, Daren Margolin, que en lo pertinente coincide con la hoja informativa de junio. El caso continúa respecto de los dos reclamos que quedan.

Qué significa si tiene un caso en Fort Snelling

Como firma dirigida por un exjuez de inmigración de EE. UU., lo decimos claro: la forma en que se celebre la audiencia no cambia su obligación de comparecer.

Para entender las etapas de un caso, vea los procesos de expulsión en la corte de inmigración, explicados.

Preguntas frecuentes

¿Ordenó el tribunal abrir las audiencias de Fort Snelling a los observadores?

No. Negó la medida cautelar preliminar. Dejó seguir dos reclamos basados en el 8 CFR 1003.27 y desestimó los demás.

¿Las 834 audiencias y el 86.7% son hechos probados por el tribunal?

No. Provienen de las declaraciones de los demandantes; el tribunal todavía no ha decidido los hechos.

¿Puede mi familia ver mi audiencia si es por Webex?

Si no se usa una sala física, la hoja informativa de EOIR dice que la audiencia está abierta por Webex, hasta 20 visitantes virtuales, salvo que se cierre legalmente. En los demás casos, los visitantes asisten en persona.

¿Cambia algo para mí que el juez esté a distancia?

No. Debe comparecer como indique su aviso. Faltar a una audiencia puede llevar a una orden de expulsión en ausencia.

Este artículo es información legal general sobre una decisión judicial, no asesoría legal, y no crea una relación abogado-cliente. El caso sigue en curso; lea la opinión del tribunal (se abre en una pestaña nueva) y el 8 CFR 1003.27 (se abre en una pestaña nueva), y consulte con un abogado calificado sobre su situación particular.

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